Buen día. Una señora que tiene pensión por fallecimiento de cónyuge ,mayor al haber mínimo y está en edad de jubilarse, puede acceder al beneficio mediante la moratoria de la ley 24476 pagando la misma al contado? O queda excluida por tener esa pensión mayor al haber mínimo? Gracias.
🔔 No te pierdas ninguna información, aumentos, fechas de pago o beneficios de ANSES. Únete al canal de WhatsApp, es gratis!
Únete gratis →
Completo la pregunta: ¿Es posible que un plan de pagos de la moratoria ley 24476 suscripto a 60 meses de plazo sea cancelado totalmente en un solo pago antes del vencimiento? en caso positivo ¿se haría con un VEP?
¿Es posible que un plan de pagos de la moratoria ley 24476 suscripto a 60 meses de plazo sea cancelado totalmente?
Buen día,
La Ley 24.476, también conocida como la «Ley de Moratoria Previsional», permitió a muchas personas acceder a la jubilación a pesar de no haber realizado aportes previsionales durante ciertos períodos. Sin embargo, la posibilidad de acceder a la jubilación mediante la moratoria depende de ciertos requisitos y restricciones. En el caso que mencionas, es importante considerar los siguientes puntos:
Edad de jubilación: La moratoria de la Ley 24.476 permitía a las personas acceder a la jubilación incluso si no habían alcanzado la edad de jubilación establecida previamente. Por lo tanto, la señora que mencionas, al estar en edad de jubilarse, cumple con este requisito.
Haber mínimo: Si bien es cierto que la persona ya recibe una pensión por fallecimiento de cónyuge, la Ley 24.476 habilita a aquellas personas cuyos beneficios son inferiores al haber mínimo jubilatorio a acceder a la moratoria para completar los años faltantes de aportes. Si su pensión supera el haber mínimo, es posible que no pueda acceder a la moratoria para obtener una jubilación adicional. La ley generalmente se aplica a quienes no tienen ingresos previsionales o sus ingresos son inferiores al haber mínimo.
Pago al contado: La Ley 24.476 permitía a las personas pagar al contado o en cuotas las deudas previsionales pendientes para poder acceder a la jubilación a través de la moratoria. Si la señora está interesada en utilizar la moratoria, deberá verificar si tiene deudas previsionales pendientes y, en caso afirmativo, ponerse en contacto con la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) para conocer los detalles del proceso de regularización de sus aportes.
Es importante que la señora consulte directamente con Anses o un profesional en seguridad social para obtener una evaluación precisa de su situación particular, ya que las leyes y regulaciones pueden cambiar y varían según las circunstancias individuales. La asesoría personalizada garantizará que tome la decisión correcta en su caso.