El monto del haber devengado es aquel que podría haber cobrado el pensionado o jubilado hasta la fecha de su fallecimiento y que no recibió, incluyendo el proporcional del aguinaldo.
Estos montos podrían ser por:
- Días proporcionales mensuales
- Mensuales no recibidos
- Subsidios no recibidos
- Primera liquidación
- Asignaciones familiares
- Aguinaldo proporcional
- Aguinaldo completo
¿Quiénes tienen acceso al cobro de haberes de un jubilado o pensionado fallecido?
Las personas que podrían recibir el haber devengado son las personas que acrediten haber abonado los gastos de la última enfermedad del fallecido o los parientes por consanguinidad.
- Herederos legales del fallecido.
- Los causahabientes con derecho a pensión (en caso de que haber liquidado con el primer pago).
Requisitos para el cobro de haberes de un jubilado o pensionado fallecido
El único requisito para cobrar el haber devengado es ser cumplir uno de los dos puntos anteriores (ser heredero o causahabiente).
Los herederos tienen la posibilidad de solicitar el pago hasta dos años después del fallecimiento del pensionado o jubilado.
Documentación necesaria para solicitar el pago de haber devengado
Documentación del fallecido
- Formulario de Información Bancaria ANSES (en caso de que no exista información sobre los haberes devengados en el sistema).
- Partida de defunción.
Documentación del solicitante
- DNI, LE o LC. También sirve una constancia de DNI en trámite.
Si se es pariente por consanguinidad
Es necesario presentarse con dos testigos y con los siguientes puntos:
- Formulario PS 6.258 – Declaración sumaria S (solicitante).
- Formulario PS 6.259 – Declaración sumaria T (testigo).
- En caso de que los testigos no puedan acudir el día del turno, es posible presentar los formularios certificados ante el Juzgado de Paz o una autoridad policial (Provincia de Buenos Aires); en el Registro Civil (en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires); o en los Tribunales del Fuero Civil de Paz (en el resto de las provincias).
- Formulario PS 6.253 – Haberes devengados.
- Presentar las partidas que acrediten el vínculo (original y copia).
En caso de que haya otros herederos con derecho al haber devengado, además del solicitante
- Presentar el Formulario PS 6.254 – DDJJ heredero no solicitante. Es necesario presentalo con firma autenticada por una autoridad.
Si la persona no es heredera, pero acredita los gastos de enfermedad
- Formulario PS 6.256 – Caución Juratoria – Solicitate no heredero.
- Formulario PS 6.255 – Declaración Jurada de no Herederos solicitantes.
- Certificado médico que compruebe que se atendió al fallecido durante su última enfermedad. El certificado debe tener una firma del Colegio Médico de la jurisdicción correspondiente, o bien, firmada por la autoridad de la instituciónd e salud en donde recibió tratamiento.
Monto recibido
Cuando el dinero que se va a cobrar es igual o menor al equivalente a una jubilación mínima (además del importe del aguinaldo correspondiente), el pago puede ser solicitado sin la necesidad de comenzar la sucesión.
En el caso de que los importes sean mayores a la jubilación mínima, es necesario iniciar una secesión para poder solicitar el cobro total. Esto se tiene que hacer por medio de un oficio judicial.
Cómo realizar el trámite
El trámite se realiza de forma presencial y con turno. Es necesario presentarse el día de turno con dos testigos. Asimismo, es necesario presentarse con el Formulario PS 6.259 – Declaración sumaria T completo y firmado por una autoridad, así como toda la demás documentación que sea necesaria.
Las extracciones indebidas
En caso de que los pagos anteriores a la fecha de defunción hayan ido extraídos de la cuenta, el familiar o apoderado tendrá que reintegrarlo. Si no lo hace esta acción sería considerada como un fraude, permitiendo que ANSES y el banco puedan tomar acciones legales en su contra.
mi suegro fallecio hace como 7 años, y tenia un juicio al anses por actualizacion de sueldo. resulta que el estaba juntado con otra persona muchos años. Pero no casado legalmente. Mi consulta quien cobra el juicio por actualizacion, la concubina o los hijos?.
Buenas tardes, tengo que sacar turno para tramitar la pensión por fallecimiento de mi esposa, pero me pide al Nro de Beneficiario y obviamente ya no puedo ingresar más con su cuit, de donde lo puedo obtener.
Gracias.
No encuentro formulario PS 6.14 Que me solicitan para tramitar cobro por fallecimiento de jubilado Soy conviviente mas de 30 años. En ANSE·S hace años se presento certificado de convivencia extendido por Registro civil y ademas soy apoderada. Espero pronta respuesta Gracias
Hola, el motivo que hago estas preguntas es que mi sobrino por parte de mi hermano fallecido, fue al banco y le saco dinero de la cuenta antes de fallecer a mi padre y como dice notas anteriores que, si no lo devuelve el dinero se considera fraude, como hago ese tramite? soy el hijo del fallecido y tutor.
Presentando en anses los formularios de los testigos ps6259 declaración sumaría T certificada por policía provincial hace falta q tmbn se presenten en anses??
pedir turno
quisiera saber en que estado esta mi tramite de haberes devengados heredados inciado el 4-3-2020
Hola.
SE PUEDE REIZAR TRAMITES DE HABERES DEVENGADOS DE JUBILACION Y PENSION A UN AMIGO QUE NO PUEDE REALIZAE DICHO TRAMITE POR TENER QUE TRABAJAR
QUE DOCUMENTACION NECESITO.
GRACIAS. ESPERO UNA RESPUESTA NECESITA EL DINERO.
Mi tramite por la pension de mi esposo fallecido esta desde hace casi un mes en determinacion de derecho tienen idea de en cuanto la podre cobrar y que quiere decir determinacion de derecho…muchas gracias