Actividades con características especiales (Jubilación ANSES)

En caso de que el trabajador haya desempeñado una de las actividades que detallaremos a continuación, además de presentar la documentación necesaria para hacer el trámite de la jubilación, tendrá que presentar documentación específica para cada uno de los casos.

Actividades especiales y su documentación necesaria

Personal embarcado

  • Presentar la libreta de embarco y el permiso de embarco.

Aeronavegantes

  • Documentos para personal con función aeronáutica: El certificado extendido por la Fuerza Aérea. En el certificado se tienen que indicar las horas de vuelo y debe ser discriminado hasta el 30/06/94 y desde el 01/07/94.
  • Documentos para personal sin función aeronáutica: El certificado extendido por la empresa en la que se laboraba. En el certificado se tienen que indicar las horas de vuelo, discriminado hasta el 30/06/94 y desde el 01/07/94.

Estibador Portuario

  • Presentar el Documento Único Portuario (DUP).
  • Libreta de afiliado (en caso de tenerla).
  • Si no se tiene el DUP, se puede presentar la Constancia extendida de la Prefectura Naval Argentina.

Servicio Doméstico (del 01/05/57 al 30/06/94) siguiendo lo establecido en el Decreto N° 326/1956 de Relación de Dependencia

  • Libreta Sanitaria (en caso de tenerla)
  • Libreta de Trabajo (en caso de tenerla)
  • Copias autenticadas de la constancia en la que se figuró la actividad como empleado doméstico, incluyendo: Título de propiedad, Datos del Padrón Electoral, Créditos Personales, Carnet de Mutual u Obra Social.
  • Foto 4×4.
  • Certificado médico extendido por atención en el domicilio del empleador.
  • Transcripción del domicilio del empleador y del afiliado (sólo en caso de que ambos coincidan), según como se muestre en los documentos respectivos.
  • Documento original y copia de las boletas de depósito de aportes y contribuciones previsionales.

Trabajadores de la industria de Construcción

  • Presentar los registros de afiliados de la Unión Obrera de la Construcción y de la Obra Social de la Construcción.
  • Constancia de inscripción extendida por el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción del empleador, así como del trabajador que estuvo a su cargo.
  • Libreta de aportes del Fondo de Desempleo (creado por la Ley 22.250) hasta el 31 de marzo de 2009.
  • Credencial del registro laboral extendida por el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de Construcción (IERIC) desde el 1ero de abril de 2009.

Retiro policial

  • Presentar la constancia en la que se señale si el retiro es por servicios policiales o civiles.
  • Presentar el certificado en el que se muestren los servicios que se consideran para el otorgamiento del mismo (provinciales o nacionales).
  • Haber tope del cargo máximo según la fuerza en la que se prestaron los servicios.
  • Detalle de haberes percibidos dentro del concepto de retiro; desde la fecha de la solicitud de la prestación que se otorgará hasta la fecha actual.
  • Presentar el certificado de la fuerza policial. En él se debe de indicar que la persona fue autorizada para desempañar dichas labores.

Retiro militar/Gendarmería/Prefectura

  • Presentar el certificado en el que señalen los periodos que son considerados para el otorgamiento del retiro.
  • Haber tope del cargo máximo según la fuerza en donde se prestaron los servicios.
  • Detallar los haberes percibidos en concepto de retiro, desde la fecha de la solicitud de la prestación hasta la actualidad.

Retiro de docente universitario

Retiro de Productor de Seguros

  • Presentar certificaciones extendidas por servicios prestados antes del 31/12/68, consignando los sueldos que se percibieron durante todo el periodo y en la moneda en que fueron abonados, además de la fecha de la primera y la última operación.

Retiro de investigadores científicos

Otros elementos para poder acreditar Servicios

  • Libreta de trabajo a domicilio.
  • Libreta de Fondo de Desempleo.
  • Libreta de maternidad.


3 comentarios en «Actividades con características especiales (Jubilación ANSES)»



  1. HOLA SOY RETIRADO DE LA FF.AA CON 34 AÑOS DE SERVICIO Y QUISIERA SABER DE DONDE SALE ESTA LEY O DECRETO PARA PODER INFORMAR A MIS SUPERIORES POR EL TRAMITE DE PAPELES O CONSTANCIAS.
    DESDE YA GRACIAS

    Responder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.